Gato de Barrio /
En el Estado de México, cuando algún conductor comete varias infracciones, tales como circular a alta velocidad en los carriles confinados del Mexibús, además de pasarse el semáforo en rojo, atropellar a dos motociclistas –uno de ellos falleció y el otro quedó gravemente herido–, todo ello videograbado por la cámara instalada en un automóvil, no deja lugar a duda de esa imprudencia, por supuesto merece se le aplique la modalidad de cárcel preventiva.
Sin embargo, esa situación legal no le sucedió al conductor de un camión de la Guardia Nacional, quien el pasado martes 3 de febrero, al manejar una unidad militar que transportaba a elementos de esa corporación, invadió el carril confinado de la Línea 2 del Mexibús en la Vía López Portillo, y embistió una motocicleta que tenía la luz verde y cruzaba la avenida.
¿Acaso por ser parte de esa corporación militar-policiaca goza de algún beneficio que no aplica para el ciudadano común y corriente, cuando comete alguna acción similar?
Por lo anterior, al comparecer en la audiencia inicial ante el juez del caso, el conductor identificado como Jesús Elías “N”, se estableció su probable responsabilidad en el accidente, con lo cual se pudo avanzar hacia la etapa formal del proceso penal.
El chofer fue imputado de homicidio y lesiones culposas, daños a la propiedad –delitos relacionados con conductas negligentes al volante–, donde la videograbación resultó determinante para que el juez considerara acreditar la conducta imprudente del conductor.
Pero el ahora acusado obtuvo libertad condicionada, tras pagar una fianza de 600 mil pesos, además también se le prohibió conducir y acercarse a las víctimas, restricciones con las cuales se buscan evitar riesgos durante el desarrollo de la investigación. Incluso, se fijaron dos meses para la investigación complementaria, plazo donde se podrán integrar nuevas pruebas o testimonios. Después, el juez definirá si el caso avanza a juicio o se ajustan las imputaciones.
Lamentablemente, en este caso se nota el apoyo de los altos mandos de la Guardia Nacional para evitar el encarcelamiento de su negligente elemento. Tan solo una pregunta: con su salario como conductor, ¿de dónde sacó los 600 mil pesos para cubrir la fianza y salir libre?
Con todas las irrefutables evidencias, como cualquier otra persona que cometa esos delitos, debería permanecer tras las rejas mientras se desarrolla el proceso. Incluso, nada garantiza que pueda darse a la fuga y pueda escapar de la justicia.
Si es que en verdad el nuevo Poder Judicial cumple con sus propósitos de impartir una justicia imparcial, sin tener preferencia sobre quienes tienen alguna responsabilidad oficial, aún sea de nivel o categoría baja, entonces se debería cancelar esa libertad condicionada y el imputado debería ser remitido a alguna prisión mientras se desarrolla el proceso y, en caso de resultar culpable –lo cual resulta evidente–, entonces sentenciarlo a prisión.
De lo contrario será una muestra de impunidad en la cual pueden caer otros servidores públicos o personal de seguridad local o federal, quienes se sentirán con plena confianza de cometer algún tipo de delito –el homicidio culposo no es evento menor, aunque en el caso del elemento de la Guardia Nacional, considero que no debería clasificarse de esa forma–, por lo que quedarían exentos de un juicio imparcial y objetivo. Eso, social y legalmente, de ninguna forma resulta aceptable.






































