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  • AVANCES EN EL PROCESO DE CERTIFICACIÓN DE SERVIDORES PÚBLICOS MUNICIPALES

    AVANCES EN EL PROCESO DE CERTIFICACIÓN DE SERVIDORES PÚBLICOS MUNICIPALES

    • Participan 585 servidores públicos municipales.
    • Por Ley, tienen seis meses después de asumir el cargo para acreditarse.

    Toluca, México, 13 de junio de 2019. El Gobierno del Estado de México, a través del Instituto Hacendario del Estado de México (IHAEM), informó que de enero a mayo han realizado su proceso de certificación 585 servidores públicos municipales.

    Lo anterior, a través de los contenidos que establecen las Normas Institucionales de Competencia Laboral y Estándares de Competencia con registro oficial ante el Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales (Conocer).

    La Ley Orgánica Municipal del Estado de México, el Código Financiero del Estado de México y Municipios y la Ley que crea los Organismos Públicos Descentralizados de Asistencia Social, indican que los puestos obligados a certificarse son los Titulares de la Secretaría del Ayuntamiento, Tesorería y Tesoreros de los Sistemas para el Desarrollo Integral de la Familia, Directores de Obra Pública, de Desarrollo Económico, de Desarrollo Urbano, de Catastro, de Medio Ambiente, de Mejora Regulatoria y Tesorería del DIF, así como de los Órganos Internos de Control.

    La certificación de competencia laboral permite, a través de un proceso de evaluación, acreditar los conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes requeridas para el desempeño de las funciones atribuidas a los cargos.

    Esta certificación impulsa la formación de capital humano, mediante procesos de enseñanza-aprendizaje constantes, que aportan los elementos necesarios para ejercer las actividades con un mejor nivel de conocimiento, calidad y eficiencia en los resultados de una gestión que beneficie a la población.

    El Sistema de Coordinación Hacendaria del Estado de México con sus Municipios, del IHAEM, se encarga de brindar diversos productos y servicios de profesionalización, evaluación y certificación de competencia laboral, a través de la Comisión Certificadora de Competencia Laboral para el Servicio Público del Estado de México (Cocertem), acreditada como entidad certificadora a nivel nacional.

  • PROTEGE LA CÁMARA DE DIPUTADOS LA PRODUCCIÓN APÍCOLA Y LA EXPLOTACIÓN DEL MAGUEY

    • La Ley de Apicultura, busca fomentar la organización, investigación, protección, fomento, desarrollo y tecnificación de esta actividad.
    •  Reconocen usos del maguey en la producción de fibras, bebida, vestido, calzado, papel, medicina, y construcción.
    • También aprobó nuevos valores del suelo en municipios, lo que modificará el monto del impuesto predial.
    •  Aprobó que la Ley Orgánica estatal prevea la figura de la suplencia del secretario del ayuntamiento.

     EMITEN LEYES PARA PROTEGER PRODUCCIÓN APÍCOLA Y EXPLOTACIÓN DEL MAGUEY

    Con el propósito de fomentar una industria apícola sostenible en la entidad, así como preservar e impulsar la explotación racional de la planta del Maguey, la LVIII Legislatura local aprobó en sesión de Séptimo Periodo Ordinario las leyes de Apicultura y del Maguey, ambas del Estado de México.

                La Ley de Apicultura crea el Consejo Apícola de la entidad como un órgano consultivo de la autoridad estatal para integrar y ejecutar políticas públicas y programas en la materia, aunado a que construye una política estatal de fomento al consumo y comercialización de los productos apícolas, organiza una base de datos estadísticos de la apicultura y crea el registro de organizaciones de apicultores en la entidad.

    El dictamen, previamente aprobado por las comisiones unidas de Desarrollo Agropecuario y Forestal y de Protección Ambiental, establece que la producción apícola en la entidad ha crecido exponencialmente, ya que según cifras de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario del Gobierno del estado, en la última década la actividad apícola se incrementó 16 por ciento en el número de colmenas, 32 por ciento en la producción de miel y 2.5 por ciento en la producción de cera. Además, la apicultura es trascendente a la agricultura, pues las abejas favorecen la polinización de cultivos hortícolas y frutícolas”.

              Respecto a la Ley del Maguey del Estado de México, previamente aprobada por la Comisión de Desarrollo Agropecuario y Forestal, establece que esta planta ha formado parte de la cultura productiva de miles de comunidades rurales, y aún no ha desarrollado todo su potencial. “Su importancia económica, social y cultural se evidencia en su amplísima gama de usos en la producción de fibras, bebida, vestido, calzado, papel, medicina, construcción y como instrumento agrícola, además de ser el fundamento de la producción etílica de comunidades de la entidad”.

              De igual forma, se estima que de la planta pueden obtenerse productos como mieles y jarabes altos en contenidos de fructosa, cuya demanda obedece a que 80 por ciento de sus componentes son carbohidratos simples, como la fructosa, azúcar natural ampliamente distribuido en la frutas, y cuya propiedad principal es poseer el edulcorante más alto de todos los azúcares naturales conocidos y que puede ser utilizada en la elaboración de productos dietéticos.

              El ordenamiento crea un Consejo del Maguey del Estado de México, el cual tendrá como funciones estudiar y proponer toda iniciativa que tienda al fomento, progreso, extensión, afianzamiento e incentivo del cultivo del maguey, estimular el diseño y ejecución de planes de expansión del sector con organismos regionales oficiales y privados, así como con otras entidades nacionales e internacionales, además de proponer programas que permitan una mejor comercialización de sus derivados.

              Impulsa que los productores de esta planta disfruten en igualdad de circunstancias de los apoyos que el Gobierno estatal otorgue para el fomento y desarrollo de su cultivo; que cuenten con asesorías técnicas por parte de las autoridades federales, estatales y municipales, y quereciban en la comercialización de sus productos un precio acorde a su calidad.

    REGULAR SUPLENCIAS Y SUSTITUCIÓN DE SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO

    Los diputados locales aprobaron reformas a la Ley Orgánica Municipal del Estado de México a fin de reglamentar las ausencias o suplencias del secretario del ayuntamiento, figura relevante de la administración local, debido a que sus actos y facultades otorgan certeza jurídica a las decisiones de los ayuntamientos.

    El dictamen, elaborado por la Comisión de Legislación y Administración Municipal argumenta que no existen en la legislación municipal artículos que den certeza respecto a la ausencia del secretario, por lo que estas brindan las herramientas necesarias a los municipios para que exista la figura de la suplencia del secretario del ayuntamiento.

    REMITEN A COMISIONES PROPUESTAS DE TABLAS DE VALORES DE DIVERSOS MUNICIPIOS

    Con el propósito de actualizar las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcciones para el ejercicio fiscal 2015, se recibieron y turnaron a las Comisiones Legislativas de Planeación y Gasto Publico y de Legislación y Administración Municipal las propuestas de los municipios de Acolman, Aculco, Almoloya de Alquisiras, Amanalco, Amatepec, Chalco, Ixtapan del Oro, Joquicingo, Lerma, Metepec, Nopaltepec, Ocoyoacac, San José del Rincón, San Felipe del Progreso, San Simón de Guerrero, Temamatla, Tenango del Valle, Teotihuacán, Tepotzotlán, Texcaltitlán, Tlalnepantla de Baz, Tlatlaya, Tonatico, Valle de Bravo, Villa de Allende, Villa Victoria, Xonacatlán y Zumpahuacán, las cuales sirven de base para la determinación del impuesto predial.