ColumnaFOTO

Lapso para nuevo etiquetado / Maullidos Urbanos

 

Gato de Barrio

gatodebarrio@yahoo.com.mx

Dentro de un año, precisamente el 1 de abril de 2021, todos los productos preenvasados que ostenten uno o más sellos de advertencia de grasas saturadas, azúcares altas o la leyenda de edulcorantes, no podrán incluir en su etiquetado a personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas o mascotas.

Esta determinación, oficializada en la edición del 27 de marzo en el Diario Oficial de la Federación, forma parte de los nuevos lineamientos que deberán cumplir las compañías productoras de alimentos y bebidas no alcohólicas, para lo cual tendrán un plazo de cinco años distribuidos en tres fases.

La nueva regulación busca que la población conozca de forma sencilla y rápida el contenido en los productos ultraprocesados para determinar si son altos en azúcares, sodio o grasas saturadas, ingredientes riesgosos para la salud bajo un excesivo consumo. Para ello se colocarán avisos en octágonos negros con contorno blanco colocados en la esquina superior derecha de la superficie principal de exhibición del producto. En aquellos con superficie de exhibición menor a 60 centímetros cuadrados, se podrán colocar los sellos en cualquier área.

En la primera fase los productos preenvasados con uno o más sellos de advertencia no deben incluir en su etiqueta personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas o mascotas, elementos interactivos, dirigidos a niños que  inciten, promueven o fomenten el consumo, compra o elección de productos con exceso de nutrimentos críticos o con edulcorantes, y hagan referencia en la etiqueta a elementos ajenos al mismo.

Las fases se desarrollarán así: Primera, del 1 de octubre de 2020 al 30 de septiembre de 2023; Segunda, del 1 de octubre de 2023 al 30 de septiembre de 2025; Tercera, a partir del 1 de octubre de 2025 donde en esta última las etiquetas deberán incluir información nutrimental complementaria que especifique si el producto contiene añadidos de azúcares libres, grasas o sodio, además de aplicar íntegramente las disposiciones contenidas en la tabla anterior.

Se aclara que serán exentos del uso de sellos de advertencia productos que incluyan un solo ingrediente; hierbas sin ingredientes añadidos como aromas, infusiones de hierbas, té descafeinado o no, instantáneo y/o soluble sin ingredientes añadidos; vinagres fermentados y sucedáneos pero sí deben incluir un número telefónico o página electrónica donde el consumidor pueda obtener información sobre la declaración nutrimental.

Esperemos a ver cómo responden a todo ello tanto productores como consumidores.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.