{"id":3151,"date":"2014-08-12T08:01:50","date_gmt":"2014-08-12T17:01:50","guid":{"rendered":"http:\/\/porlalibre.info\/?p=3151"},"modified":"2014-08-12T08:01:50","modified_gmt":"2014-08-12T17:01:50","slug":"recomendacion-de-derechos-humanos-a-la-pgjem","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.porlalibreedomex.com\/?p=3151","title":{"rendered":"RECOMENDACI\u00d3N DE DERECHOS HUMANOS A LA PGJEM"},"content":{"rendered":"<div style=\"color: #222222;\"><\/div>\n<div style=\"color: #222222;\"><\/div>\n<div style=\"text-align: justify;\"><strong><em>* Por omisiones y dilaciones en caso de ni\u00f1o secuestrado, cuyo cad\u00e1ver estuvo 180 d\u00edas en el SEMEFO de Tenancingo<\/em><\/strong><\/div>\n<div style=\"text-align: justify;\"><\/div>\n<div style=\"color: #222222; text-align: justify;\"><strong>Toluca, M\u00e9xico.-<\/strong> La Comisi\u00f3n de Derechos Humanos del Estado de M\u00e9xico emiti\u00f3 la recomendaci\u00f3n 010\/2014 al Procurador General de Justicia del Estado de M\u00e9xico, por las omisiones en la investigaci\u00f3n del secuestro de un menor de edad, lo cual culmin\u00f3 en su deceso, y los defectuosos mecanismos de identificaci\u00f3n de cad\u00e1veres implementados por el Instituto de Servicios Periciales (ISPEM), que derivaron en la permanencia del cuerpo por un lapso de 180 d\u00edas en el Servicio M\u00e9dico Forense (SEMEFO) de Tenancingo.<\/div>\n<p><!--more--><\/p>\n<div style=\"color: #222222; text-align: justify;\">De acuerdo al expediente CODHEM\/TOL\/537\/2013, se documentaron violaciones a los derechos de acceso a la justicia; a la verdad, tanto de la colectividad como del quejoso, al verificarse un mecanismo irregular de identificaci\u00f3n de cad\u00e1veres que ingresan en calidad de desconocidos al SEMEFO de la zona; as\u00ed como al derecho a la integridad personal de los familiares de la v\u00edctima, por trasgresi\u00f3n al principio de debida diligencia, que provocaron la prolongaci\u00f3n innecesaria de la angustia de los parientes al no conocer el paradero del ni\u00f1o ni las intenciones de quien cometi\u00f3 el delito, adem\u00e1s de causarles afectaciones f\u00edsicas y ps\u00edquicas y una alteraci\u00f3n de su n\u00facleo y vida en com\u00fan.<br \/>\nEn ese sentido, la comisi\u00f3n solicit\u00f3 enviar una circular al personal del ministerio p\u00fablico y al Instituto de Servicios Periciales para actuar conforme a la debida diligencia, rigurosidad, responsabilidad e inmediatez al momento de disponer de un cad\u00e1ver; mantener vinculaci\u00f3n permanente con el Protocolo Alerta Amber, Programa Odisea y el Servicio M\u00e9dico Forense; as\u00ed como impartir cursos en materia de derechos humanos al ministerio p\u00fablico de Villa Guerrero, de la Fiscal\u00eda Especializada de Secuestro Valle de Toluca y el Instituto de Servicios Periciales, entre otros puntos recomendatorios<br \/>\nDe acuerdo al expediente de queja, que deriv\u00f3 en recomendaci\u00f3n, el 14 de febrero de 2013, el menor fue privado de su libertad, inici\u00e1ndose una carpeta de investigaci\u00f3n en la Fiscal\u00eda Especializada de Secuestro Valle de Toluca, mientras que el 19 de febrero del mismo a\u00f1o, tras el hallazgo de un cad\u00e1ver, se radic\u00f3 otra indagatoria en la agencia del Ministerio P\u00fablica de Villa Guerrero, por el delito de homicidio.<br \/>\nSin embargo, las omisiones al indagar, impidieron establecer una correspondencia entre el adolescente plagiado y el cuerpo localizado en un paraje de la autopista Tenango del Valle-Ixtapan de la Sal, ya que esto se logr\u00f3 hasta que los responsables del secuestro confesaron el crimen, no obstante que la autoridad ejecutora, una vez que conoce de actos delictivos, debe realizar una investigaci\u00f3n oficiosa, seria y efectiva de los hechos, a trav\u00e9s de medios legales disponibles, con el fin de determinar la verdad.<br \/>\nEl organismo lament\u00f3 que por la ausencia de la debida diligencia se ocasione la desesperanza de las v\u00edctimas y sus familiares, al saber que el sistema de justicia no ha funcionado, certeza que agudiza una percepci\u00f3n de desprotecci\u00f3n y vulnerabilidad al observarse la inacci\u00f3n de los agentes del Estado, cuya funci\u00f3n social es procurar justicia.<br \/>\nOtro aspecto significativo es que tanto en el acta m\u00e9dica como en el dictamen de necropsia, se estableci\u00f3 que el cuerpo pertenec\u00eda a una persona del g\u00e9nero masculino de entre 20 y 25 a\u00f1os, a pesar de que s\u00f3lo ten\u00eda 15 a\u00f1os, y la edad era un elemento clave para vincularlo con la v\u00edctima de secuestro, pues incluso el Instituto de Servicios Periciales entreg\u00f3 un informe con fotograf\u00eda, media filiaci\u00f3n, vestimenta y se\u00f1as particulares.<br \/>\nSe\u00f1al\u00f3 que las autopsias tienen como objetivo recolectar como m\u00ednimo, informaci\u00f3n para identificar a la persona muerta, y que los peritos son pieza importante en la determinaci\u00f3n de una investigaci\u00f3n y no pueden realizar su trabajo al margen de la debida diligencia, ni despachar los asuntos\u00a0 como simples tr\u00e1mites administrativos.<br \/>\nRecalc\u00f3 que los mecanismos utilizados por el SEMEFO para informar al ISPEM, son inconvenientes e inadecuados al efectuarse sin formalidad y sin el rigor necesario.<br \/>\nPor esta situaci\u00f3n, deber\u00e1 iniciarse un procedimiento administrativo disciplinario para investigar y determinar la responsabilidad en que incurrieron los agentes del ministerio p\u00fablico de Tenancingo, F\u00e9lix Ch\u00e1vez Zarza, Jorge Alberto Magall\u00e1n Ponce, Iv\u00e1n Estrada Orozco, Ranuel Serv\u00edn S\u00e1nchez y Antol\u00edn Armando Venegas Estrada, por no realizar acciones contundentes para identificar el cuerpo del menor, adem\u00e1s de omisiones, deficientes integraciones, dilaciones innecesarias, o excusas injustificadas como la carga de trabajo, entre otros.<br \/>\nAsimismo, indic\u00f3 que no debe perderse de vista que en casos como el derivado de la recomendaci\u00f3n, se pone en juego no s\u00f3lo una investigaci\u00f3n profesional, sino que involucra estados emocionales, que requieren de sensibilidad y humanismo. Como es sabido, las conductas delictivas cuyo m\u00f3vil es el secuestro, ponen en un estado agravado de vulnerabilidad tanto a la v\u00edctima como a sus familiares ante la angustia de no conocer su paradero y las intenciones de quien perpetr\u00f3 el crimen.<br \/>\nLa ausencia, p\u00e9rdida o incertidumbre de conocer el destino de un ser querido, produce s\u00edntomas de desesperaci\u00f3n ante la necesidad de saber qu\u00e9 ha ocurrido con la v\u00edctima, si se encuentra bien, o ha sucumbido al acto criminal.<br \/>\nLa Codhem estableci\u00f3 que en conjunto, los s\u00edntomas manifiestos de los familiares de la v\u00edctima, sufrieron un menoscabo a su integridad personal al mostrar evidentes afectaciones f\u00edsicas y ps\u00edquicas, as\u00ed como una alteraci\u00f3n irreversible de su n\u00facleo y vidas familiares, pues ante la sospecha de la posible muerte de su pariente, las irregularidades descritas obstaculizaron la posibilidad para vivir el duelo, lo que se prolongar\u00eda por un tiempo excesivo, si se toma en consideraci\u00f3n que la localizaci\u00f3n era asequible en corto tiempo.<br \/>\nAl respecto, en diversos casos internacionales, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha considerado que se viola el derecho a la integridad ps\u00edquica y moral de familiares de v\u00edctimas, al existir sufrimiento adicional por las circunstancias de las violaciones contra sus seres queridos y a causa de las actuaciones u omisiones de las autoridades estatales frente a los hechos.<br \/>\nEn resumen, por las diversas irregularidades, la Defensor\u00eda estatal pidi\u00f3 instrumentar una circular dirigida a los agentes del Ministerio P\u00fablico y personal del ISPEM, para que al disponer un cad\u00e1ver y una vez recabados los datos de prueba, se apliquen con diligencia, rigurosidad, participaci\u00f3n, competencia, responsabilidad e inmediatez, los procedimientos t\u00e9cnicos y jur\u00eddicos para lograr su identificaci\u00f3n y en un plazo razonable se logre su inhumaci\u00f3n.<br \/>\nOtro de los puntos recomendatorios es realizar las gestiones administrativas a fin de implementar una metodolog\u00eda para digitalizar la informaci\u00f3n, profesionalizar al personal y mantener coordinaci\u00f3n interinstitucional para establecer enlace con el Protocolo Alerta \u00c1mber, el Programa Odisea y el SEMEFO, pues con su activaci\u00f3n se puede contribuir a la pronta localizaci\u00f3n de ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes as\u00ed como personas sin identificar.<br \/>\nLa Codhem tambi\u00e9n solicit\u00f3 actualizar y revisar que sean accesibles y est\u00e9n disponibles las plataformas tecnol\u00f3gicas de la p\u00e1gina electr\u00f3nica de la PGJEM, para la identificaci\u00f3n de cad\u00e1veres en calidad de desconocidos, personas abandonadas, extraviadas y ausentes, ya que s\u00f3lo hay informaci\u00f3n del periodo 2000-2011, es decir, el sistema no ha sido alimentado durante tres a\u00f1os, por tanto, en lugar de favorecer el acceso a la justicia, se obstaculiza el uso del medio al no encontrarse en la p\u00e1gina principal y sobre todo, no hay acceso a fuentes confiables y actualizadas de informaci\u00f3n.<br \/>\nCabe indicar que durante la recopilaci\u00f3n de pruebas, se detectaron situaciones como la falta de dict\u00e1menes y opiniones especializadas por parte del ISPEM; el seguimiento s\u00f3lo a algunas carpetas de investigaci\u00f3n, lo cual es un atentado al principio de acceso a la justicia en condiciones de igualdad; as\u00ed como el uso de mecanismos inconvenientes por parte del servicio m\u00e9dico forense para informar al Instituto sobre el ingreso de un cad\u00e1ver, ya que se hace v\u00eda telef\u00f3nica al final de cada guardia, pero no se corrobora que correspondan a la descripci\u00f3n que se tiene en los documentos.<\/div>\n<p><!--more--><\/p>\n<p><!--more--><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>* Por omisiones y dilaciones en caso de ni\u00f1o secuestrado, cuyo cad\u00e1ver estuvo 180 d\u00edas en el SEMEFO de Tenancingo Toluca, M\u00e9xico.- La Comisi\u00f3n de Derechos Humanos del Estado de M\u00e9xico emiti\u00f3 la recomendaci\u00f3n 010\/2014 al Procurador General de Justicia del Estado de M\u00e9xico, por las omisiones en la investigaci\u00f3n del secuestro de un menor [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[5,1],"tags":[17,2149,2150,64,2151,2152],"class_list":["post-3151","post","type-post","status-publish","format-standard","category-nota-informativa","category-uncategorized","tag-codhem","tag-codhemtol5372013","tag-nino-secuestrado","tag-pgjem","tag-recomendacion","tag-semefo"],"wps_subtitle":"","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.porlalibreedomex.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/3151","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.porlalibreedomex.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.porlalibreedomex.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.porlalibreedomex.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.porlalibreedomex.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=3151"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.porlalibreedomex.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/3151\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.porlalibreedomex.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=3151"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.porlalibreedomex.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=3151"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.porlalibreedomex.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=3151"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}